Micelio
Auto15 de marzo de 2017

A- de 2017

Ponente Alberto Rojas Ríos

Demandante Lina Romay Bowie Stephens·Demandado Ugpp

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Decreto 1382 De 2000
  • No establece competencia sino reglas de simple reparto
Conflicto De Competencia En Tutela
  • Reiteración auto A.124/09
  • Competencia a prevención
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Tribunal Contencioso Administrativo del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina y el Juzgado Único Penal del Circuito Especializado de San Andrés, Islas.

En este caso el precitado Tribunal se rehusó a tramitar la solicitud de amparo que le fue repartida, con fundamento en la naturaleza de la entidad accionada en la estructura de la Administración.

Desde su perspectiva, los jueces del circuito eran los llamados a conocer de la controversia, a la luz de lo previsto el Decreto 1382 de 2000.

La Corte considera que, al invocar normas de reparto para desprenderse del conocimiento del asunto, la mencionada autoridad pretermitió la competencia a prevención que la Constitución les ha deferido a todos los jueces constitucionales para conocer y tramitar acciones de tutela.

Consecuentemente, se dirime el asunto con la remisión del expediente al Tribunal Contencioso Administrativo del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, para que sin más dilaciones le imparta el trámite de primera instancia y profiera la decisión de fondo que corresponda.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto del veinticuatro (24) de octubre de 2016, por medio del cual el despacho de la Magistrada Noemi Carreño Corpus del Tribunal Contencioso Administrativo del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, se abstuvo de conocer la acción de tutela promovida por la ciudadana Lina Romay Bowie Stephens en contra de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social -UGPP-.
  2. SEGUNDO. Por Secretaría General de esta Corporación, REMÍTASE al despacho de la Magistrada Noemi Carreño Corpus del Tribunal Contencioso Administrativo del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, la acción de tutela contenida en el expediente ICC 2781, a fin de que, sin más dilaciones, le imparta el trámite de primera instancia y profiera decisión de fondo respecto del amparo solicitado.
  3. TERCERO. Por Secretaría General, COMUNÍQUESE la decisión adoptada en esta providencia a las partes y al Juzgado Único Penal del Circuito Especializado de San Andrés, Islas.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.